CRIMINALES TERRORISTAS, CULPABLES DE ASESINATOS DE NIÑOS ANTE DIOS Y LA PATRIA***Un nicho de impunidad
Editorial del Diario La Nación
Los delitos de lesa humanidad cometidos por la guerrilla durante los años 70 permanecen arbitrariamente impunes
Luis Moreno Ocampo, conocido penalista argentino que se desempeña como fiscal del Tribunal Penal Internacional, con sede en La Haya, en oportunidad de su reciente visita a nuestro país hizo algunas declaraciones valiosas en materia de delitos de lesa humanidad. Por su innegable trascendencia, no pueden pasar inadvertidas ni caer en saco roto.
Se refieren a una lamentable y torcida anomalía en el capítulo del Derecho Humanitario Internacional que aún perdura en nuestro país. Es aquella que tiene que ver con quienes, desde la guerrilla, pudieron haber cometido crímenes de guerra considerados como delitos de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptibles, de los que fueron víctimas civiles inocentes a lo largo de la década de los 70. Sus autores y responsables gozan todavía de una inaceptable impunidad.
Ocurre que nuestro país no ha investigado los delitos de lesa humanidad perpetrados por la guerrilla en aquella década, en violación de la Cuarta Convención de Ginebra de 1949, que es derecho interno en nuestro país desde que fuera ratificada por el decreto-ley 14.442/56, norma que la puso en vigencia efectiva desde el 17 de marzo de 1957.
La protección a los civiles inocentes allí dispuesta está considerada -en el mundo entero- como derecho internacional obligatorio emanado de la costumbre internacionalmente aceptada que todos los Estados deben respetar por igual. El nicho de impunidad perdura pese a que, en su momento, la propia Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep), en su informe conocido como "Nunca Más", nos advirtiera expresamente que "durante la década del 70 la Argentina fue convulsionada por un terror que provenía tanto desde la extrema derecha como desde la extrema izquierda".
Aquel informe agrega que "se nos ha acusado, en fin, de denunciar sólo una parte de los hechos sangrientos que sufrió nuestra Nación en los últimos tiempos, silenciando los que cometió el terrorismo que precedió a marzo de 1976 y hasta, de alguna manera, hacer de ellos una tortuosa exaltación. Por el contrario, nuestra Comisión ha repudiado siempre aquel terror, y lo repetimos una vez más en estas mismas páginas."
Aclaró el informe que la misión de la Conadep no era la de investigar los crímenes de la guerrilla, sino estrictamente la suerte corrida por los desaparecidos, cualesquiera que fueren, provinieran de uno u otro lado de la violencia. Y agregó que "los familiares de las víctimas del terrorismo anterior no lo hicieron, seguramente, porque ese terror produjo muertos, no desaparecidos".
Ocurre que esos muertos a los que se refería la Conadep y que perdieran la vida asesinados por la guerrilla fueron también víctimas de delitos de lesa humanidad que aún no han sido investigados en nuestro país. Por eso, Moreno Ocampo advirtió que "cualquier grupo, inclusive guerrillero, puede cometer crímenes de lesa humanidad". Explicó que, con razón y coraje, "un crimen de lesa humanidad es un ataque masivo y sistemático a la población civil. Y la Argentina -agregó- fue eso. Podemos decir que la guerrilla produjo ataques masivos y sistemáticos a la población civil porque mataban en forma masiva tanto a sindicalistas, empresarios o policías". Para Moreno Ocampo queda claro que no hay duda alguna de que en los 70 vivimos un conflicto armado interno. Para el derecho internacional tampoco hay dudas.
Mientras tanto, la resolución 158/07 del procurador general de la Nación no permite a nuestros fiscales investigar los delitos de lesa humanidad a los que se refiere Moreno Ocampo, y esa directiva constituye una violación flagrante de la obligación internacional que tiene el Estado argentino de hacerlo, cercenando, sin pudor alguno, el derecho a la verdad de algunos de nuestros compatriotas. Cuando se acerca muy rápidamente el fin de un ciclo político histórico más, esta grave asignatura queda pendiente. El nicho de impunidad al que nos referimos debería cerrarse porque así lo exigen la Justicia y el derecho.
Los delitos de lesa humanidad cometidos por la guerrilla durante los años 70 permanecen arbitrariamente impunes
Luis Moreno Ocampo, conocido penalista argentino que se desempeña como fiscal del Tribunal Penal Internacional, con sede en La Haya, en oportunidad de su reciente visita a nuestro país hizo algunas declaraciones valiosas en materia de delitos de lesa humanidad. Por su innegable trascendencia, no pueden pasar inadvertidas ni caer en saco roto.
Se refieren a una lamentable y torcida anomalía en el capítulo del Derecho Humanitario Internacional que aún perdura en nuestro país. Es aquella que tiene que ver con quienes, desde la guerrilla, pudieron haber cometido crímenes de guerra considerados como delitos de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptibles, de los que fueron víctimas civiles inocentes a lo largo de la década de los 70. Sus autores y responsables gozan todavía de una inaceptable impunidad.
Ocurre que nuestro país no ha investigado los delitos de lesa humanidad perpetrados por la guerrilla en aquella década, en violación de la Cuarta Convención de Ginebra de 1949, que es derecho interno en nuestro país desde que fuera ratificada por el decreto-ley 14.442/56, norma que la puso en vigencia efectiva desde el 17 de marzo de 1957.
La protección a los civiles inocentes allí dispuesta está considerada -en el mundo entero- como derecho internacional obligatorio emanado de la costumbre internacionalmente aceptada que todos los Estados deben respetar por igual. El nicho de impunidad perdura pese a que, en su momento, la propia Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (Conadep), en su informe conocido como "Nunca Más", nos advirtiera expresamente que "durante la década del 70 la Argentina fue convulsionada por un terror que provenía tanto desde la extrema derecha como desde la extrema izquierda".
Aquel informe agrega que "se nos ha acusado, en fin, de denunciar sólo una parte de los hechos sangrientos que sufrió nuestra Nación en los últimos tiempos, silenciando los que cometió el terrorismo que precedió a marzo de 1976 y hasta, de alguna manera, hacer de ellos una tortuosa exaltación. Por el contrario, nuestra Comisión ha repudiado siempre aquel terror, y lo repetimos una vez más en estas mismas páginas."
Aclaró el informe que la misión de la Conadep no era la de investigar los crímenes de la guerrilla, sino estrictamente la suerte corrida por los desaparecidos, cualesquiera que fueren, provinieran de uno u otro lado de la violencia. Y agregó que "los familiares de las víctimas del terrorismo anterior no lo hicieron, seguramente, porque ese terror produjo muertos, no desaparecidos".
Ocurre que esos muertos a los que se refería la Conadep y que perdieran la vida asesinados por la guerrilla fueron también víctimas de delitos de lesa humanidad que aún no han sido investigados en nuestro país. Por eso, Moreno Ocampo advirtió que "cualquier grupo, inclusive guerrillero, puede cometer crímenes de lesa humanidad". Explicó que, con razón y coraje, "un crimen de lesa humanidad es un ataque masivo y sistemático a la población civil. Y la Argentina -agregó- fue eso. Podemos decir que la guerrilla produjo ataques masivos y sistemáticos a la población civil porque mataban en forma masiva tanto a sindicalistas, empresarios o policías". Para Moreno Ocampo queda claro que no hay duda alguna de que en los 70 vivimos un conflicto armado interno. Para el derecho internacional tampoco hay dudas.
Mientras tanto, la resolución 158/07 del procurador general de la Nación no permite a nuestros fiscales investigar los delitos de lesa humanidad a los que se refiere Moreno Ocampo, y esa directiva constituye una violación flagrante de la obligación internacional que tiene el Estado argentino de hacerlo, cercenando, sin pudor alguno, el derecho a la verdad de algunos de nuestros compatriotas. Cuando se acerca muy rápidamente el fin de un ciclo político histórico más, esta grave asignatura queda pendiente. El nicho de impunidad al que nos referimos debería cerrarse porque así lo exigen la Justicia y el derecho.
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